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DECRETO 241
LAS MEDIDAS DEL GOBIERNO NACIONAL EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Por la Redacción de Villa Crespo Digital

30 de abril del 2021

El decreto 241 del Gobierno nacional establece:

● No pueden funcionar centros comerciales y shopping.

➔ Los locales en centros comerciales con entrada a la calle pueden seguir funcionando.

➔ Paseos comerciales (a cielo abierto): pueden seguir funcionando con su protocolo

● Se suspenden todas las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas que se realizan en ámbitos cerrados.

➔ Solo están permitidas si se desarrollan (en los establecimientos) al aire libre o en el espacio público hasta 20 personas y según protocolos.

➔ Los eventos masivos al aire libre siguen suspendidos.

➔ La restricción incluye a los gimnasios.

● Los locales comerciales no esenciales sólo podrán funcionar de 10 a 19, igual que hasta ahora.

➔ Los comercios esenciales pueden seguir abriendo en sus horarios habituales.

● Se suspende el funcionamiento en locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.), entre las 19 y las 6 del día siguiente.

➔ Luego de las 19 pueden funcionar con el sistema “para retirar” en locales de cercanía hasta las 23 (se puede ir a retirar pero no esperar en el local), y delivery sin límite horario.

➔ Entre las 6 y las 19 los locales gastronómicos sólo podrán atender en espacios habilitados al aire libre.

Restricción a la circulación
Rige la restricción para circular entre las 20 y las 6 del día siguiente que el Gobierno nacional dispuso para el Área Metropolitana de Buenos Aires. El servicio público de transporte de pasajeros urbano e interurbano sólo podrá ser utilizado por las personas afectadas a las actividades esenciales.

El decreto aclara que también podrán usarlo quienes deban concurrir para la atención de su salud, o tengan turno de vacunación, con sus acompañantes. En estos casos las personas deberán portar el “CERTIFICADO ÚNICO HABILITANTE PARA CIRCULACIÓN - EMERGENCIA COVID-19”.

El servicio público de transporte de pasajeros urbano e interurbano sólo podrá ser utilizado por las personas afectadas a las actividades esenciales.

A la espera del nuevo DNU.

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